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martes, 7 de abril de 2020

ATENCIÓN DOCENTES

Resolución 761/20 INCORPORACIÓN DE TRABAJADORES/AS FINES. Programa de Incorporación Especial de Docentes y Auxiliares Suplentes en el marco de la emergencia sanitaria

La Dirección General de Cultura y Educación informa y solicita la más amplia difusión de la Resolución 761/20 que autoriza la inscripción al “Programa de Incorporación Especial de Docentes y Auxiliares Suplentes en el marco de la emergencia sanitaria”, creado a través de la Resolución N° 760/20 a los trabajadores docentes que se hayan desempeñado bajo la modalidad de designación a término con módulos o cargos en el Programa FINES – Provincia de Buenos Aires,. 

Hacer clic en el siguiente enlace para descargar la normativa y detalle: enlace de normativa y detalle RESOLUCION 761/20

Dirección General de Cultura y Educación 

LA DIRECTORA GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Autorizar la inscripción al “Programa de Incorporación Especial de Docentes y Auxiliares Suplentes en el marco de la emergencia sanitaria”, creado a través de la Resolución N° 760/20 de la Dirección General de Cultura y Educación, a los trabajadores docentes que se hayan desempeñado bajo la modalidad de designación a término con módulos o cargos en el Programa FINES – Provincia de Buenos Aires, siendo de aplicación para estos casos todo lo dispuesto en la citada normativa.

ARTÍCULO 2° - Para el caso de aquellos trabajadores docentes que se hayan desempeñado en el programa FINES, serán requisitos para la inscripción al mentado Programa, los siguientes: 
  • Haber desempeñado exclusivamente en el programa FINES, durante el año 2019, como mínimo en al menos 3 (tres) meses diferentes durante el año 2019, sean ellos continuos o alternados, sin requerimiento mínimo de horas o cargos. 
  • Estar inscripto en los listados oficiales del año 2019 y del año en curso. 
  • Poseer domicilio en Provincia de Buenos Aires. 
  • No poseer cargos titulares, provisionales y/o suplencias activas a Marzo del 2020. 
  • No encontrarse en relación de dependencia con empleadores Estatales y/o Privados. 
  • No tener beneficios jubilatorios de las diferentes cajas previsionales municipales, provinciales o nacionales. 
  • No ser beneficiario del Ingreso Familiar de Emergencia, creado por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 310/2020, u otros programas de sostenimiento de ingreso o equivalentes, cualquiera fuera su jurisdicción, así como también los que se crearan en el futuro, en el marco de la emergencia sanitaria.